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Proyecto de Desarrollo de Tecnologías de Energía Sustentable: Evaluación de Necesidad Regional 7 (Estados de: México y Querétaro)

Last update: Oct 25, 2017 Last update: 25 Oct, 2017

Details

Location:MexicoMexico
Category:Consulting services
Status:Awarded
Sectors:Energy, Environment & NRM, Research
Funding Agency:
Eligibility:Organisation
Budget:N/A
Date posted:15 Sep, 2016

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Associated Awards

Project cycle timeline

STAGES
EARLY INTELLIGENCE
PROCUREMENT
IMPLEMENTATION
Cancelled
Status
Programming
Formulation
Approval
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Shortlisted
Awarded
Evaluation

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Status

Date

Description

Project ID: P145618
Borrower/Bid No: PRODETES-11-SBCC-CF-DGEL-DGIDTFRH

SELECCIÓN DE CONSULTORES POR PRESTATARIOS DEL BANCO MUNDIAL

SOLICITUD DE EXPRESIÓN DE INTERÉS

País: México

Proyecto: Proyecto de Desarrollo de Tecnologías de Energía Sustentable

Financiamiento: Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento

Concepto: Servicios de Consultoría

Sector: Energía

Donativo:TF-019403

Expresiones de Interés

El Gobierno de México ha recibido una Donación del Fondo para el Medio Ambiente Mundial (GEF), la cual es administrada por el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), para el "Proyecto de Desarrollo de Tecnologías de Energía Sustentable" (PRODETES), y se propone utilizar una parte de los fondos para contratar el servicio de consultoría de "Evaluación de Necesidad Regional 7", (Estados de: México y Querétaro).

1.  Los servicios comprenden:

Integrar Planes Estatales de Inversión en Energía Limpias, que incluyan proyectos de investigación y de desarrollo tecnológico de energías limpias (Portafolios de Inversión), con potencial de desarrollo para su inserción en el mercado de tecnologías de bajo impacto ambiental y que apoyen en la reducción de Gases de Efecto Invernadero (GEI).

Realizar un diagnóstico de la situación que guardan las políticas, programas, e iniciativas estatales en aspectos tecnológicos, productivos y de desarrollo de capital humano sobre las tecnologías de energías limpias.

Llevar a cabo una Evaluación de Necesidades Regionales en materia de investigación, desarrollo tecnológico, y formación de talento y capital humano de la región.

Preparar Planes Estatales de Inversión en Energías Limpias (PEIELs) y el portafolio regional de proyectos de inversión.

La Evaluación de Necesidades Regionales (ENRs) tiene la finalidad de valorar las capacidades y potencialidades en investigación y desarrollo de tecnología limpia, y la realización del análisis financiero y de factibilidad de los proyectos productivos, de desarrollo de capacidades o de investigación en energías limpias, e integrar los Planes Estatales de Inversión en Energías Limpias (PEIELs) y los portafolios de proyectos estatales, cuya viabilidad permita a la SENER, su valoración, para, de resultar seleccionados, apoyarlos con recursos del Fondo de Sustentabilidad Energética (FSE).

Para el desarrollo de las ENRs, la firma consultora, considerará cuando menos la participación de empresarios, investigadores, autoridades locales y regionales, asociaciones empresariales y de comercialización de bienes y servicios tecnológicos. Los resultados deben ser producto de un esfuerzo participativo entre los principales actores sociales de cada entidad federativa; por lo que el diagnóstico tecnológico y productivo de cada región debe ser coordinado por consultores expertos (de la firma consultora) en manejo de grupos, negociación y evaluación de proyectos de inversión, los cuales deben de identificar y consultar a los principales participantes en materia de aprovechamiento y desarrollo de energías limpias, en el sector gubernamental, académico, científico y tecnológico, y del sector empresarial-industrial, propiciando consensos que lleven a conformar un diagnóstico de las capacidades y potencialidades en el Estado (ENR), de las energías limpias y la eficiencia energética regional basada en la ciencia y la tecnología.

La Dirección General de Investigación, Desarrollo Tecnológico y Formación de Recursos Humanos (DGIDTFRH) de la Subsecretaría de Planeación y Transición Energética (SPTE) de la Secretaría de Energía, invita a los consultores elegibles a expresar su interés en prestar los servicios solicitados. Los consultores interesados deberán proporcionar información que indique que están calificados para suministrar los servicios (folletos, CV de la firma o firmas con la descripción detallada de trabajos similares a los requeridos en los criterios para establecer la lista corta, experiencia en condiciones similares, disponibilidad de personal que tenga los conocimientos pertinentes, etc.). Los consultores se podrán asociar con el fin de mejorar sus calificaciones.

En caso de manifestar Interés para más de un proceso similar a este, la firma interesada deberá indicar en su manifiesto de interés, si cuenta con el personal técnico suficiente para participar en más de un procedimiento, en el entendido de que, si resultase ganadora en 2 o más procedimientos, deberá garantizar que el personal clave será exclusivo para cada evaluación regional.

2.  Lista corta

De las Expresiones de interés que se reciban se integrará una lista corta. Los criterios para establecer la lista corta son: Experiencia en el mercado de servicios de consultoría; en proyectos o acciones de planeación estratégica; proyectos de investigación de mercados, en el sector energético; en temas de investigación, desarrollo e innovación tecnológica en el área de energía limpia (o similar); así como en estudios o acciones de análisis y evaluación de proyectos de inversión; experiencia en proyectos que impliquen el manejo de grupos de interés; proyectos que impliquen trabajo de campo; y con personal especializado en los temas referidos en estos criterios para establecer la lista corta, y en proyectos que impliquen la evaluación financiera de proyectos de inversión en energía.

Las firmas interesadas deberán presentar su expresión de interés por escrito en papel membretado, con fecha y firma de un colaborador autorizado para ello, indicando los siguientes datos: nombre legal o fiscal de la firma, razón social o régimen fiscal (S.A, LTD, INC etc.), domicilio fiscal, teléfono, dirección de correo electrónico, nombre del representante legal; anexando el currículum de la firma consultora que acredite que cuenta con la experiencia laboral, capacidad técnica y de personal para la realización de trabajos similares a los de esta consultoría. De manifestarse en asociación se deberá identificar a la firma líder.

3.  Método de Selección

Los consultores serán seleccionados conforme al procedimiento de Selección Basada en la Calidad y el Costo (SBCC), de acuerdo a lo establecido en el folleto del Banco Mundial titulado Normas: Selección y Contratación de Consultores con Préstamos del BIRF, Créditos de la AIF y Donaciones por Prestatarios del Banco Mundial. Enero 2011, revisada en julio de 2014.

4.  Previsiones referentes a conflicto de intereses de los consultores

Las Normas: Selección y Contratación de Consultores con Préstamos del BIRF, Créditos de la AIF y Donaciones por Prestatarios del Banco Mundial. Enero 2011, revisada en julio de 2014, en el numeral 1.9 Conflicto de Intereses, establecen lo siguiente:

"1.9 La política del Banco establece que los consultores deben dar asesoramiento profesional, objetivo e imparcial, y que en todo momento deben otorgar máxima importancia a los intereses del contratante, sin consideración alguna respecto de cualquier trabajo futuro y que, en la provisión de servicios de asesoría, prevengan conflictos con otros servicios que les sean asignados o con los intereses de las instituciones a las que pertenecen. No se contratará a consultores para servicios que puedan crear conflicto con sus obligaciones previas o vigentes con respecto a otros contratantes, o que puedan ponerlos en situación de no poder prestar sus servicios en la forma que mejor convenga a los intereses del Prestatario. Sin que ello constituya limitación al carácter general de lo expresado anteriormente, no se contratará a consultores en las circunstancias que se indican a continuación:

a) Conflicto entre servicios de consultoría y contratación de bienes, obras y servicios distintos a los de consultoría (es decir, servicios distintos a los considerados en las Normas: Selección y Contratación de Consultores con Préstamos del BIRF, Créditos de la AIF y Donaciones por Prestatarios del Banco Mundial. Enero 2011, revisada en julio de 2014,). Una firma contratada en un proyecto por el Prestatario para proveer bienes, obras o servicios distintos a los de consultoría, o un afiliado que directa o indirectamente la controla, es controlada por o está bajo control común con dicha firma, estará descalificada para prestar servicios de consultoría que resulten o que estén relacionados directamente con tales bienes, obras o servicios distintos a los de consultoría. Por lo contrario, ninguna firma contratada para prestar servicios de consultoría en la preparación (antes de que el Préstamo se haga efectivo) o ejecución de un proyecto, o un afiliado que directa o indirectamente la controla, es controlada por o está bajo control común con dicha firma, podrá posteriormente suministrar bienes o ejecutar obras o prestar servicios (distintos a los servicios de consultoría regulados por las Normas: Selección y Contratación de Consultores con Préstamos del BIRF, Créditos de la AIF y Donaciones por Prestatarios del Banco Mundial. Enero 2011, revisada en julio de 2014,) que se generen como resultado de los servicios de consultoría para la preparación o ejecución del mismo proyecto. Esta provisión no aplica para las firmas (consultores, contratistas o proveedores) que estén desempeñando la función de Contratistas bajo la modalidad de contratación llave en mano o contratos de diseño y construcción.

b) Conflicto entre los servicios de consultoría asignados: ninguno de los consultores (incluyendo su personal y sub-consultores, o un afiliado que directa o indirectamente la controla, es controlada por o está bajo control común con dicha firma) puede ser contratado para proporcionar servicios que, por su naturaleza, puedan estar en conflicto con otros servicios asignados a los consultores. Por ejemplo, los consultores contratados que estén asesorando a un contratante respecto de la privatización de bienes públicos no pueden contratar dichos bienes ni asesorar a quienes los contraten. De manera similar los consultores contratados para preparar Términos de Referencia (TR) para un proyecto no deben ser contratados para realizar dicho proyecto.

c) Relaciones con el personal del Prestatario: Los Consultores (incluyendo su personal experto, otro personal y sus consultores sub-contratados) que tengan una relación cercana de trabajo o de familia con algún empleado del Prestatario (o de la agencia ejecutora del proyecto, o de un beneficiario de una parte del préstamo) que estén directa o indirectamente involucrados con cualquier parte de: i) la preparación de los TDR para el trabajo, ii) el proceso de selección del contrato, o iii) con la supervisión de dicho contrato, no pueden ser beneficiarios de la adjudicación del contrato, a menos que se resuelva, de manera aceptable para el Banco, el conflicto generado por estas relaciones, ya sea durante el proceso de selección y de ejecución del contrato.

d) Un consultor no debe presentar más de una oferta bien sea de manera individual o como miembro de una asociación en participación en otra oferta. Lo anterior resultará en la descalificación de todas las ofertas en las que dicho Consultor esté involucrado. Sin embargo, esto no afecta el hecho de que una firma pueda ser presentada como subcontratista en más de una oferta o un individuo a participar como miembro del equipo si las circunstancias lo justifican y es permitido en la Solicitud Estándar de Propuestas"

Todos los Consultores tienen la obligación de revelar cualquier situación actual o potencial de conflicto que pudiera afectar su capacidad para servir en beneficio del Contratante, o que pudiera percibirse que tuviera este efecto. El no revelar dichas situaciones puede conducir a la descalificación del Consultor o a la terminación de su contrato.

Ningún funcionario del Gobierno o servidor público del Contratante podrá trabajar como Consultor bajo sus propias Dependencias y Entidades. Será aceptable reclutar empleados gubernamentales del Contratante para trabajar para las dependencias y entidades en las que hayan trabajado anteriormente, siempre y cuando no exista conflicto de interés. Cuando el Consultor sugiere a cualquier empleado del gobierno como Personal en su propuesta técnica, dicho Personal deberá tener una certificación por escrito de su gobierno o empleador confirmando que goza de licencia sin sueldo de su posición oficial y cuenta con permiso para trabajar tiempo completo fuera de esta posición. El Consultor deberá presentar dicha certificación como parte de su propuesta técnica al Contratante.

Los consultores interesados pueden obtener más información en la dirección y/o correo electrónico indicados al final de este aviso, de lunes a viernes de 10 a 15 horas.

Las expresiones de interés deberán ser recibidas en la dirección indicada a continuación, a más tardar el 30 de septiembre de 2016, a las 15 horas.

Administrativo y Técnico:
Secretaría de Energía

Subsecretaría de Planeación y Transición Energética

Dirección General de Investigación, Desarrollo Tecnológico y Formación de Recursos Humanos

Av. Insurgentes Sur 890, Piso 03, Col. Del Valle,

Delegación Benito Juárez

C.P. 03100, Ciudad de México.

Tel: (52-55) 5000-6000 ext. 2021

Atención: Araceli Cordero Vilchis
E-mail: acvilchis@energia.gob.mx

Portal: http://www.energia.gob.mx

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