Analista, actuando como Regente Ambiental, es responsable de verificar y reportar el cumplimiento de las obligaciones socio-ambientales de los proyectos, asegurando la conformidad con la legislación vigente de Costa Rica y las resoluciones de la SETENA.
En el ejercicio de sus funciones, deberá garantizar la trazabilidad, verificabilidad y consistencia técnica de la información reportada, así como la adecuada implementación de las medidas ambientales en campo y su registro en los instrumentos oficiales de seguimiento.
El/la Ingeniero/a Ambiental (Regente Ambiental) deberá verificar la ejecución de las obligaciones socio-ambientales adquiridas por el desarrollador del proyecto mediante la resolución de otorgamiento de la viabilidad ambiental y cualquier otra emitida por la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA).
Asimismo, deberá asegurar la adecuada implementación de las medidas ambientales en campo, su documentación en los instrumentos oficiales de seguimiento —incluida la Bitácora Ambiental Digital (BAD)— y la comunicación oportuna de avances, incumplimientos y riesgos al desarrollador y al/a la Gerente de Proyecto en UNOPS.
Esto es para un contrato tipo Retainer.
1. Verificación y Reporte del Cumplimiento Ambiental
- Verificar en campo y reportar de manera técnica, oportuna y trazable a SETENA, al Desarrollador y al/a la Gerente de Proyecto en UNOPS, el grado de cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Resolución de Viabilidad Ambiental (VLA), incluyendo las medidas contenidas en el instrumento de evaluación ambiental aprobado (D1, DJCA, P-PGA o EsIA) y en el Plan de Gestión Ambiental (PGA), cuando aplique, sustentando dicho reporte en evidencia verificable y consistente con los registros de la Bitácora Ambiental Digital (BAD).
- Realizar visitas de seguimiento ambiental en campo con la periodicidad establecida para el proyecto, con el fin de verificar el cumplimiento de las medidas del Plan de Gestión Ambiental (PGA), del instrumento ambiental aprobado y de la normativa vigente en Costa Rica; emitiendo instrucciones técnicas claras y oportunas para la corrección de hallazgos o desviaciones ambientales y sociales identificadas, asegurando su adecuada atención y cierre.
- Informar de manera inmediata, formal y documentada a SETENA y el/la Gerente de Proyecto en UNOPS sobre cualquier incumplimiento injustificado, desviación o irregularidad en la ejecución de los compromisos ambientales y en el cumplimiento de la normativa técnica, jurídica y ambiental vigente por parte del contratista, respaldando dicha comunicación con evidencia verificable y registros en la Bitácora Ambiental Digital (BAD).
2. Recomendaciones y Ajustes Ambientales
- Emitir las recomendaciones ambientales necesarias, conforme las situaciones diversas que se vayan presentando en cualquiera de las etapas de la ejecución del proyecto, a fin de que se sienten las responsabilidades del caso.
- Informar y recomendar, de manera técnica y documentada, los ajustes necesarios al Plan de Gestión Ambiental (PGA), a los instrumentos de evaluación ambiental aprobados o a los mecanismos establecidos por SETENA, en función de la evolución del proyecto y la verificación en campo, supervisando su adecuada implementación, cumplimiento y eficacia, con respaldo en evidencia verificable y registros en la Bitácora Ambiental Digital (BAD).
3. Elaboración y Presentación de Informes
- Presentar ante SETENA los Informes de Responsabilidad Ambiental (IRA) correspondientes, en cumplimiento de los plazos, condiciones y requerimientos establecidos en la Resolución de Viabilidad Ambiental (VLA) y en el marco del instrumento ambiental aprobado y el Plan de Gestión Ambiental (PGA), cuando aplique; así como cualquier informe adicional que sea requerido por la autoridad competente. Los IRA deberán elaborarse conforme al formato oficial de SETENA, garantizando consistencia técnica, trazabilidad y respaldo en evidencia verificable. Previo a su presentación oficial, el/la Responsable Ambiental deberá remitir un borrador final a UNOPS y al personal que este designe, para su revisión técnica.
- Elaborar un reporte por cada visita de seguimiento ambiental en campo, que incluya la verificación del cumplimiento de medidas, los hallazgos identificados, las recomendaciones emitidas y el estado de atención de acciones correctivas, el cual deberá ser remitido oportunamente al/a la Gerente de Proyecto en UNOPS, asegurando su coherencia con los registros en la Bitácora Ambiental Digital (BAD).
4. Comunicación y Coordinación
- Mantener estrecha comunicación con el/la Gerente de Proyecto de UNOPS y SETENA. Cuando sea requerido, acompañará a los funcionarios de éstas durante las inspecciones de control, fiscalización y supervisión, brindando el soporte técnico necesario y facilitando la verificación del cumplimiento de las obligaciones ambientales, previa notificación correspondiente.
- Participar durante las reuniones técnicas, visitas de campo y procesos s de auditoría ambiental, las cuales se realizarán con una periodicidad a definir, con UNOPS y los representantes de partes interesadas, aportando información técnica actualizada, evidencia verificable y criterios especializados que respalden la evaluación del desempeño ambiental del proyecto.
- Mantener una comunicación técnica, continua, oportuna y trazable con el/la Gerente de Proyecto en UNOPS, SETENA, el Desarrollador y el Contratista, asegurando la adecuada coordinación para el seguimiento y control ambiental del proyecto.
5. Documentación
- Solicitar y revisar, durante las visitas de seguimiento, la documentación técnica y ambiental del Contratista necesaria para verificar el cumplimiento de las medidas socio ambientales establecidas en el instrumento ambiental aprobado, el Plan de Gestión Ambiental (PGA) y la normativa vigente, desde el inicio del contrato y durante toda la ejecución del proyecto hasta su cierre.
- En caso de que se hayan habilitado botaderos o escombreras relacionadas directamente con el proyecto asignado, deberá realizar los informes necesarios para el seguimiento y cierre técnico, además, verificar en campo el cumplimiento de los compromisos asumidos mediante el plan de manejo presentado a SETENA. La regencia ambiental deberá entregar el informe final de cierre formalmente a SETENA, en coordinación con el/la Gerente de Proyecto en UNOPS.
- Deberá de realizar un informe de cierre del proyecto de acuerdo con lo que se solicita en la resolución de otorgamiento de la viabilidad ambiental del proyecto, dicho informe también deberá de usar como insumo el informe de cierre socio-ambiental elaborado por el contratista y supervisión ambiental.
- Elaborar el informe de cierre ambiental del proyecto conforme a los requerimientos establecidos en la Resolución de Viabilidad Ambiental (VLA), integrando como insumo los informes de cierre socioambiental del contratista y de la supervisión, asegurando la verificación del cumplimiento total de las obligaciones ambientales y la consistencia de la información reportada.
- Registrar de manera oportuna, completa y trazable en la Bitácora Ambiental Digital (BAD): el estado y avance del proyecto en cada inspección, el nivel de cumplimiento de los compromisos ambientales verificados en campo, los hallazgos identificados, las acciones correctivas requeridas, así como cualquier otra información ambiental relevante, incluyendo plazos de implementación y seguimiento; gestionando además el cierre formal de la BAD conforme a lo establecido por SETENA en el marco del Decreto Ejecutivo N.° 43898.
- Registrar la documentación necesaria para alguna adecuación al proyecto ante SETENA u otra institución de carácter ambiental, de acuerdo con la normativa respectiva vigente.
- Registrar recomendaciones de contingencia previas para prevenir, mitigar y compensar posibles impactos de actividades constructivas que no estén contempladas en el Plan de Gestión Ambiental (PGA) del proyecto o para aquellas que las medidas establecidas en el PGA no son lo suficientemente efectivas para evitar posibles impactos.
- Documentar y registrar recomendaciones preventivas y de contingencia para la gestión de impactos ambientales y sociales no contemplados o insuficientemente abordados en el instrumento ambiental aprobado o en el PGA, cuando aplique, garantizando su sustento técnico y trazabilidad.